tasse crypto dichiarazione bollo

Se acerca la fecha límite para presentar la declaración de impuestos de 2023: este año hay nuevas reglas en materia de impuestos sobre las criptomonedas, en particular el impuesto de timbre.

El modelo Redditi Persone Fisiche 2024, correspondiente al año fiscal 2023, deberá presentarse antes del 15 de octubre de 2024, según se lee en el sitio web oficial de la Agenzia delle Entrate, pero el impuesto de timbre deberá pagarse antes del 30 de junio.

Dado que el 30 de junio de este año cae en domingo, el último día bueno para pagarlo es el primero de julio. 

Por tanto, es necesario distinguir entre el plazo para la presentación de la declaración global del impuesto sobre la renta de las personas físicas y el plazo para el pago del impuesto de timbre. 

El impuesto de timbre y la declaración del impuesto sobre la renta para el pago de criptoimpuestos

El pago del impuesto de timbre sobre criptovalute debe realizarse antes del 30 de junio, pero como este año el 30 de junio es domingo, hay tiempo hasta el primero de julio para pagarlo.

Técnicamente no se llama impuesto de timbre, sino impuesto sobre el valor de los criptoactivos (IVACA). No tiene nada que ver con el pago de impuestos sobre las posibles ganancias de capital, que son un asunto completamente aparte, con diferentes plazos.  

En el sitio web especializado Fisco7 se ha publicado una guía completa sobre los métodos de determinación del IVACA. También hay una circular oficial de la Agenzia delle Entrate que explica todo detalladamente, pero es un documento técnico que no es fácil de entender para los no expertos.

La IVACA se introdujo con la ley financiera de 2022 y entró en vigor en 2023. 

Se trata de un impuesto sobre la posesión de criptomonedas y, dado que los impuestos para 2023 deben pagarse este año, es la primera vez en Italia que deben pagarlo los contribuyentes. 

El importe a abonar por el IVACA se calcula como el dos por mil (0,2%) del valor en euros de los criptoactivos en poder del contribuyente. 

El pago debe realizarse mediante el formulario F24 correspondiente. 

Declaración y criptoimpuestos: El pago en los intercambios del impuesto de timbre

Es posible que aquellos que mantienen sus criptoactivos en un intercambio o en una billetera de custodia ya hayan pagado el IVACA. De hecho, en teoría, correspondería a terceros custodios pagar este impuesto al patrimonio en nombre de sus usuarios, aunque parece que no todos los custodios ya lo han hecho. 

Ciertamente el contribuyente no tiene que pagar dos veces. Así, si la bolsa ya pagó su IVACA, no tiene que volver a pagarlo, mientras que si el custodio no lo ha previsto, el propio contribuyente debe hacerse cargo de ello. 

Para evitar el pago del IVACA en caso de pago ya realizado por el custodio, es necesario disponer de un documento emitido por el propio custodio que acredite el pago. 

Sin embargo, incluso en el caso de pago del IVACA por parte del custodio, el contribuyente no está exento de la obligación de completar el formulario W para efectos de control tributario. 

El cuadro W

El marco W es la actualización del antiguo módulo RW, al que se le han agregado campos para incluir también el IVACA. 

Este apartado permite al contribuyente declarar el valor en euros de las criptomonedas en su posesión. 

Para declarar la posesión de criptoactivos en la columna 3 se debe ingresar el código 21. 

Es necesario especificar el valor inicial y el valor final, más el número de días de posesión. 

El importe del IVACA deberá calcularse sobre el valor final en euros indicado en la casilla W en proporción al número de días de titularidad. 

Dado que estos cálculos también pueden ser muy complejos de realizar, en caso de posesión de muchos criptoactivos diferentes y, especialmente, de muchas transacciones e intercambios durante el año fiscal, es aconsejable utilizar un software específico para el cálculo o confiar en profesionales que son expertos en la materia. 

Es muy sencillo cometer errores, y si las cifras empiezan a ser significativas, se corre el riesgo de incurrir en sanciones incluso de cuantías importantes. 

Los dos umbrales 

Aunque no existen umbrales por debajo de los cuales no sea necesario completar el marco W, existen, sin embargo, dos umbrales interesantes en relación con el pago del IVACA. 

El primero es un umbral muy sencillo: para importes inferiores a 12€ no es necesario pagar el IVACA. 

Por lo tanto, sólo aquellos que, después de cumplimentar el apartado W y realizar todos los cálculos mencionados anteriormente, estén obligados a pagar este impuesto de timbre sobre los criptoactivos si el impuesto de timbre asciende a 12 € o más.

No se trata de un umbral específico para el IVACA sino genérico para los derechos de timbre. 

El otro umbral existente es el de 51,65€, porque por debajo de este umbral no se paga el anticipo. 

Por tanto, para importes inferiores a 12€ no se paga IVACA, mientras que para importes entre 12€ y 51,65€ sólo se paga IVACA en 2023 pero no el anticipo. 

El avance

En cambio, para importes superiores a 51,65€, también se deberá abonar el anticipo para 2024. 

Las autoridades fiscales italianas están acostumbradas a exigir en ocasiones el pago anticipado de impuestos. 

Dado que los impuestos sobre las actividades de un año fiscal se pagan muchos meses después del final del año, en el año siguiente, en algunos casos las autoridades fiscales italianas solicitan en el año en curso pagar también un anticipo sobre los ingresos del mismo año en curso, además de los impuestos sobre la renta del año anterior. 

Esto también se aplica al IVACA de 2024, pero sólo para aquellos que durante 2023 hayan devengado un impuesto superior a 51,65€. 

El problema es que esto significa que, durante este primer año, quienes hayan devengado un IVACA superior a 51,65€ durante 2023 corren el riesgo de tener que pagar hasta el 0,4%, incluido el anticipo del año en curso. 

La cosa es cuanto menos curiosa, dado que es prácticamente imposible que a finales de 2024 el valor de los criptoactivos sea igual al de finales de 2023. 

No obstante, existe al menos la posibilidad de pagar el anticipo a plazos en el caso de IVACA superior a 257,52 €. 

Evidentemente, el año que viene cualquier anticipo ya realizado este año se descontará del impuesto IVACA devengado a lo largo de 2024.