Los entusiastas del arte que poseen Tokens No Fungibles (NFT) de una galería de arte no podrán presentar demandas contra la galería en caso de que el valor de mercado de sus NFT disminuya. Esta decisión se produce tras un reciente fallo judicial que determinó que los NFT no proporcionan derechos de propiedad sobre la obra de arte física en sí.

El tribunal dictaminó que los NFT son simplemente certificados digitales de propiedad y no representan ningún derecho sobre la obra de arte subyacente. Por lo tanto, los poseedores de NFT no pueden responsabilizar a la galería de arte por ninguna pérdida incurrida debido a las fluctuaciones en el valor de mercado de sus NFT.

El fallo es un golpe para los poseedores de NFT que creían tener derechos sobre la obra de arte física por virtud de poseer el NFT. Sin embargo, esta decisión refuerza la noción de que los NFT son activos puramente digitales y no confieren ningún derecho de propiedad más allá de eso.

Si bien este fallo puede decepcionar a algunos poseedores de NFT, es importante que los inversores comprendan la naturaleza de los NFT y las limitaciones de sus derechos de propiedad. Poseer un NFT no equivale a poseer la obra de arte física en sí, y los inversores deben ser conscientes de los riesgos involucrados en la inversión en activos digitales.

En general, este fallo del tribunal sirve como un recordatorio para los poseedores de NFT de considerar cuidadosamente sus inversiones y entender la naturaleza de los NFT antes de tomar decisiones de compra.

La publicación La galería de arte cita la caída del mercado como razón por la cual los poseedores de NFT no pueden demandarla apareció primero en Crypto Breaking News.