• La interpretación del Departamento de Justicia de la transmisión de dinero se extiende al software criptográfico sin custodia, desafiando las normas de la industria.

  • La orientación histórica de FinCEN respalda los servicios sin custodia, enfatizando las distinciones de custodia de activos.

  • Los críticos argumentan que la postura del Departamento de Justicia carece de coherencia, ya que la propiedad de las criptomonedas sigue siendo de los usuarios, no de los proveedores de servicios.

Los recientes argumentos políticos presentados por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) con respecto al alcance de la prohibición federal de operar un negocio de transferencia de dinero sin licencia han generado preocupaciones importantes.

La comunidad de criptomonedas ha expresado su preocupación por la interpretación del Departamento de Justicia, en particular su aplicación a los servicios de software de criptoactivos sin custodia. Esta interpretación parece divergir tanto de la intención original del Congreso como de las directrices establecidas por la FinCEN, la Red de Ejecución de Delitos Financieros del Departamento del Tesoro.

Un punto clave de desacuerdo se centra en cómo se define la “transmisión de dinero” en las leyes y regulaciones aplicables. Si bien la posición del DOJ sugiere que cualquier interacción con criptomonedas, incluida la participación sin custodia, podría calificarse como transmisión de dinero, los defensores de los servicios sin custodia presentan una visión contrastante. Destacan que la recepción directa y el control de los activos son requisitos esenciales para la transmisión de dinero, elementos que no están presentes en los servicios no custodiales.

Además, la orientación histórica de FinCEN se alinea con la interpretación de que el software de criptoactivos sin custodia no entra dentro del ámbito de los requisitos de registro comercial de transmisión de dinero.

Esta guía, que data de hace más de una década, subraya la diferenciación entre servicios de custodia y no custodiales, eximiendo a estos últimos de los requisitos de registro. Las recientes aclaraciones de FinCEN respaldan aún más esta postura, subrayando la importancia de factores como la custodia y el control de activos.

Los críticos de la interpretación del Departamento de Justicia argumentan que no sólo contradice las directrices de la FinCEN sino que también carece de coherencia lógica. Sostienen que la propiedad y el control de los activos de criptomonedas permanecen en manos de los usuarios en todo momento, incluso durante las transacciones facilitadas por software sin custodia. Las analogías trazadas por el DOJ con otras formas de transmisión, como el calor o la transferencia de datos, no logran captar la naturaleza única de las transacciones y la propiedad de las criptomonedas.

A medida que aumentan estas preocupaciones, existe un llamado cada vez mayor para que el Departamento de Justicia revise su comprensión de la Sección 1960. Los defensores del software de criptoactivos sin custodia enfatizan la importancia de fomentar la innovación y mantener la confianza en el sistema legal. Sostienen que responsabilizar a los desarrolladores de software sin custodia por posibles cargos criminales no sólo obstaculizaría la innovación sino que también disminuiría la confianza en la estructura regulatoria que rige las criptomonedas.

La publicación Los desarrolladores de criptomonedas luchan contra la postura de transmisión de dinero del Departamento de Justicia apareció por primera vez en Coin Edition.