Noticia de BiJie, Japón está considerando desarrollar una nueva legislación ligera para las instituciones intermediarias de criptomonedas que no son casas de cambio de criptomonedas. Recientemente, la Agencia de Servicios Financieros de Japón (FSA) presentó sus ideas al Grupo de Trabajo sobre Servicios de Pago del Consejo del Sistema Financiero. Japón introdujo en 2017 una legislación para los proveedores de servicios de intercambio de activos criptográficos (CAESP), que cubre la compra y venta de criptomonedas, actuar como corredores, gestionar fondos relacionados con estos servicios o proporcionar custodia. Sin embargo, muchos de los llamados introducers que no operan casas de cambio de criptomonedas no se consideran a sí mismos como CAESP. Por lo tanto, la Agencia de Servicios Financieros está considerando una propuesta que les exigiría registrarse como intermediarios. Los introducers tienen la obligación de proporcionar información a los usuarios, estarán sujetos a restricciones publicitarias y, si surgen problemas, podrían asumir responsabilidad por daños y perjuicios. La Agencia de Servicios Financieros también ha considerado cómo manejar la compensación por daños. Las regulaciones actuales exigen que otras instituciones intermediarias de servicios financieros que no pertenecen a grupos más grandes proporcionen un margen para cubrir posibles compensaciones. Si una institución intermediaria está afiliada a una casa de cambio de criptomonedas, la compensación por daños podría ser asumida por la casa de cambio.