• La Autoridad Tributaria Federal de los EAU (FTA) ha anunciado cambios en las disposiciones de implementación del Decreto Federal No. 8 de 2017 que rige el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Los cambios, que entrarán en vigor a partir del 15 de noviembre de acuerdo con la Decisión del Gabinete No. (100) de 2024, introducen la exención del IVA para la transferencia y conversión de activos virtuales, incluido #cryptocurrencies .

Las personas físicas y jurídicas que intervengan en operaciones #cryptocurrency estarán exentas de las obligaciones de IVA en estos procesos. Además, el artículo 30 flexibiliza las condiciones necesarias para la aplicación del tipo impositivo cero y aborda la tributación del IVA en la exportación de bienes. Los exportadores podrán presentar diversos tipos de documentación, como declaraciones aduaneras y certificados de transporte, en lugar de los estrictos requisitos anteriores.

Estos cambios están en línea con la Ley de Impuestos Especiales, especialmente en lo que respecta a la exención de impuestos especiales para los bienes exportados desde los EAU. El artículo 31 cambia las reglas del IVA para los servicios exportados, ya que los servicios exportados no deben considerarse como prestados en los EAU o en ciertos territorios especificados en el Decreto Ley. Este cambio limita efectivamente la aplicación de la tasa cero del IVA a los servicios exportados al clasificar ciertos servicios como servicios estándar si el lugar de suministro está en los EAU. Esto podría afectar a los bienes raíces, los servicios electrónicos y las telecomunicaciones.

La modificación más significativa se recoge en el artículo 42, relativo a la tributación de los servicios financieros. Esta modificación añade, entre otras, la exención del IVA para la gestión de fondos de inversión, la transmisión de la propiedad de activos virtuales y la conversión de dichos activos. Estos dos últimos procesos quedan ahora expresamente exentos del IVA con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2018.

Los gestores de fondos que gestionan inversiones deben evaluar si sus servicios están cubiertos por esta exención del IVA: si gestionan un fondo de inversión autorizado por los EAU, sus servicios relacionados con la gestión de fondos, la inversión y el seguimiento del rendimiento están exentos del IVA.

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