La dirección de la Criptocámara de Azerbaiyán, encabezada por el presidente de la cámara, Rufat Aliyev, participó en la cumbre internacional de alta tecnología InMerge, que se celebra estos días en la capital de Azerbaiyán, Bakú. En la cumbre con los directores de empresas líderes de Azerbaiyán se discutió ampliamente el aspecto legislativo de la industria de las criptomonedas en Azerbaiyán.

En la foto, los presidentes de los bancos más grandes de Azerbaiyán, que esperan una licencia del banco central para comerciar con criptomonedas.

Teniendo en cuenta los aspectos importantes del proceso de negociación, la Cámara Criptográfica de Azerbaiyán llegó a la siguiente conclusión: cualquier persona física o jurídica debe analizar las leyes de criptomonedas de la República de Azerbaiyán antes de iniciar una actividad con criptomonedas (tecnología blockchain, minería de bitcoins, etc.). .). Con respecto a las leyes de criptomonedas de Azerbaiyán, desde el principio, debe tenerse en cuenta que cualquier persona nacional o extranjera puede participar en actividades de criptomonedas, concretamente en la minería de bitcoins en Azerbaiyán. Sin embargo, esto no implica que el dinero criptográfico sea una moneda de curso legal en Azerbaiyán.

En cuanto a cuestiones específicas relacionadas con las leyes de Criptomonedas de la República de Azerbaiyán, cabe señalar que es un asunto novedoso y no regulado. La tecnología Blockchain y los conceptos de criptomonedas son modernos en el ámbito jurídico y, a este respecto, no existe ninguna ley reguladora directa en este campo. Sin embargo, el concepto de criptomoneda no es completamente desconocido para la legislación de la República de Azerbaiyán. Por lo tanto, la legislación se refiere a este concepto en una sola ley y determina un tema específico relacionado, que se especifica como "Reglamento sobre el comercio de margen", aprobado por el Banco Central de Azerbaiyán. El artículo 7.2 de este reglamento dice: “el monto máximo del crédito otorgado por la sociedad de inversión a sus clientes en virtud del contrato por diferencia se determina de la siguiente manera: … 7.2.4. 2:1 en CFD cuyo activo subyacente es una criptomoneda (moneda digital)”.

Continuará.