Perspectivas musulmanas sobre el próximo comercio.
El Islam prohíbe el comercio futuro por las siguientes razones ¹ ² ³:
- *Gharar*: Cuando se firma un contrato, los contratos de futuros permiten a las personas comprar bienes que aún no existen. La ley islámica establece que los bienes deben existir en el momento del acuerdo real, por lo que hacerlo es contrario a la ley.
Los contratos de futuros permiten a los comerciantes realizar ventas en corto de bienes que no poseen. Según la ley islámica, el objeto debe ser propiedad del vendedor en el momento de la celebración del contrato.
- *Sin entrega física*: los compradores pueden establecer obligaciones contractuales por adelantado o revender bienes bajo contratos de futuros. La ley islámica exige que el artículo se entregue en persona antes de que pueda liquidarse o venderse.
- *Riba*: La negociación con bonos es un componente de ciertos contratos de futuros, lo cual está prohibido en el Islam ya que se considera riba (usura).
- *Incertidumbre*: Los contratos de futuros frecuentemente conllevan incertidumbre ya que el objeto del contrato podría no materializarse o no entregarse. La ley islámica prohíbe la incertidumbre excesiva en los contratos.
*No hay intercambio mano a mano*: Según la ley islámica, una transacción no puede aprobarse a menos que haya un intercambio mano a mano. Sin embargo, algunos contratos de futuros no incluyen este requisito.
- *Negociación con deuda*: La negociación con deuda es un aspecto común de los contratos de futuros y está prohibido en el Islam.
- *Liquidación en efectivo*: un gran número de contratos de futuros se liquidan en efectivo, lo que significa que el dinero se intercambia por efectivo en lugar de entregarse el activo subyacente. En el Islam esto no está permitido.
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