Hola chicos, miren las Nuevas Reglas para la Declaración de Criptomonedas en el Impuesto a la Renta, ¿qué opinan al respecto?
A pesar de la falta de una regulación específica, el Tribunal de Justicia de Rio Grande do Sul (TJRS) ya reconoció la posibilidad de incautar criptomonedas en procedimientos judiciales, considerándolas aplicaciones financieras.
La Hacienda Federal exige que las criptomonedas sean declaradas en el Impuesto sobre la Renta por parte de personas físicas y jurídicas, si el valor de adquisición de cada tipo de criptoactivo es igual o superior a R$ 5.000,00. En 2023, más de mil millones de reales en criptoactivos no fueron declarados. Quien omitió la declaración deberá regularizar la situación para evitar multas y problemas con el IRS.
La declaración en sí no genera impuesto, pero sí el beneficio de la venta (ganancia de capital), si el total vendido en el mes supera los R$ 35 mil en casas de bolsa nacionales. En este caso, el impuesto varía del 15% al 22,5% sobre la ganancia, dependiendo del valor de la ganancia, y debe pagarse hasta el último día hábil del mes siguiente a la venta, a través del sistema GCAP y emisión de un DARF. . La falta de pago o la falta de declaración pueden dar lugar a multas e intereses. Para las ventas a través de corredores extranjeros, la tasa se fija en el 15%, sin la exención de R$ 35.000.
Ejemplo: si alguien compró R$ 5.000 en Bitcoin y lo vendió por R$ 50.000, el impuesto será del 15% sobre la ganancia de R$ 45.000, totalizando R$ 6.750 en impuestos. El simple hecho de poseer criptomonedas no genera impuestos, solo venderlas para obtener ganancias.
Una estrategia utilizada para reducir impuestos es dividir las ventas en diferentes meses, aprovechando la exención mensual de R$ 35.000, pero esto puede provocar pérdidas considerables debido a la volatilidad del mercado.
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