Se acaba el Lejano Oeste para los criptoactivos

Los criptoactivos dejan de ser ajenos a los inversores tradicionales. El 30 de diciembre entra en vigor el Reglamento MiCA (acrónimo de markets in crypto-assets) y abre la puerta a un mercado mucho más extenso bajo una regulación que establece garantías para los consumidores y una serie de exigencias para los operadores. Quienes quieran operar, tendrán que contar con una licencia o un registro en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que ha reforzado sus equipos de autorización y supervisión. Las entidades interesadas en su comercialización podían solicitarlo desde septiembre y se sabe que CaixaBank, BBVA y Banco Santander han estado preparando sus respectivas ofertas.

Aunque las voces críticas creen que este reglamento va contra la esencia alternativa, descentralizada y desregulada de las inversiones en el mundo las entidades que publicitan, comercializan y asesoran sobre estas inversiones tendrán que estar autorizadas. Sin embargo, las que ya operaban tendrán un periodo de adaptación. “Crea un ento seguro para el mercado de criptoactivos. Tanto los operadores financieros como los inversores pueden contar con protección y garantías similares a las del mercado tradicional”, explica Enrique Nieto, socio de Uría Menéndez, que recalca que, a pesar de estas medidas, no existe el riesgo cero en las inversiones. hecho, la Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha emitido recientemente una comunicación advirtiéndolo.

Con todo, los bancos lo tienen más fácil. “Disponen de un tratamiento más favo ya que no necesitan una licencia MiCa explícita y pueden operar con su propia licencia bancaria. Las empresas de servicios de inversión o entidades de dinero electrónico podrán prestar servicios de criptoactivos notificándolo previamente a la autoridad competente”, aclara Alfonso López-Ibor, socio de López-Ibor DPM. El reglamento europeo no solo tiene efectos en la banca, sino también en proveedores de servicios, tanto exchanges o plataformas de intercambio