El Servicio de Impuestos Internos (IRS) de los Estados Unidos publicó un memorando en octubre abordando las obligaciones fiscales de las recompensas de activos digitales mantenidas en cuentas congeladas debido a la bancarrota. La guía fue enviada a Michael R. Fiore de la División de Pequeñas Empresas/Trabajadores Autónomos del IRS y examina a un contribuyente hipotético (denominado "Contribuyente A") que posee criptomonedas en una cuenta de plataforma de bancarrota y recibió recompensas como bonos de staking antes de que la cuenta fuera congelada.

Según las regulaciones del IRS:

El Contribuyente A recibió la recompensa en el primer año antes de que la cuenta fuera congelada y debe incluir el valor de mercado justo de la fecha y hora de recepción de la recompensa en el ingreso total del primer año... incluso si la cuenta permanece congelada el 31 de diciembre del primer año.

Esta explicación sigue las disposiciones en la Sección 61 y la Sección 451 del Código de Rentas Internas, que requieren que los ingresos se reconozcan en el año en que se reciben, independientemente de si son posteriormente inalcanzables.

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