Binance ha confiscado todos los fondos de todos los palestinos a petición de las Fuerzas de Defensa de Israel. Se niegan a devolver los fondos. Se han denegado todas las apelaciones.
De conformidad con la autoridad que me delegó el Ministro de Defensa, de conformidad con el artículo 61(a) de la Ley de Lucha contra el Terrorismo, 556-
2016 (en adelante: "Ley de Lucha contra el Terrorismo") y en relación con su solicitud como referencia, me gustaría informarle que sus reclamaciones contra
Embargo de bienes en virtud de una orden de embargo administrativo (T56/23) firmada por el Ministro de Defensa el 1 de noviembre de 2023
En virtud de su autoridad conforme a la ley, fueron examinados y rechazados por las siguientes razones:
1. El artículo 56(b) de la Ley Antiterrorista establece, entre otras cosas, que el Ministro de Defensa puede emitir una orden sobre
Embargo temporal de bienes de una organización declarada terrorista, así como de bienes que hayan sido utilizados para cometer un delito
Terrorismo grave o propiedad donde se cometió un delito terrorista grave.
2. En la base de la orden de embargo administrativo (Tt56/23) se encuentra información de inteligencia confiable que demuestra que las billeteras
de criptomonedas, incluida una que esté registrada a su nombre, los fondos han sido transferidos por una organización
El terrorismo declarado de la Dubai Exchange Company en la Franja de Gaza (declarado el 7 de marzo de 2022, publicado en el
10084 pág. 2505 del 4.4.2022 (.
3. De acuerdo con la ley antiterrorista, las monedas criptográficas que hayan sido transferidas por una organización terrorista declarada
constituyen propiedad de una organización terrorista declarada y carteras de criptomonedas a las que se ha transferido
Dichos bienes constituyen bienes que fueron utilizados directamente para cometer un delito terrorista grave de prestación de un servicio o
Establecer medidas contra una organización terrorista, tal como se define en la Ley de Lucha contra el Terrorismo, y por tanto de conformidad con las instrucciones
La ley permite al Ministro de Defensa ordenar su incautación mediante orden administrativa como preparación para su confiscación.
4. A la luz de lo anterior, y si no se encuentra nada en sus afirmaciones que contradiga la información que sirvió de base para emitir una orden
En cuanto al embargo, tengo la intención de recomendar al Ministro de Defensa que ordene la confiscación de los bienes para los cuales se emitió la orden de embargo,
De conformidad con la autoridad del Ministro de Defensa según la sección 66 (a) de la ley.
5. De acuerdo con las disposiciones de la Ley Antiterrorista, contra esta decisión se podrá interponer recurso de apelación ante el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo.
administrativo.