Impuestos sobre pagos internacionales con la Binance Card Argentina

2023-03-06 10:34

Aviso legal: Binance y sus afiliados no brindan asesoría fiscal, legal ni contable. Este material se preparó únicamente con fines informativos y no está destinado a proporcionar asesoría fiscal, legal ni contable, y tampoco se debe usar como tal. Los usuarios deben consultar a sus propios asesores fiscales, legales y contables antes de realizar cualquier transacción.

1. ¿Qué impuestos se cobran por mis compras?

Debido a que Binance Card Argentina se emite dentro de la jurisdicción de Argentina y es adquirida por residentes argentinos, se cobran los siguientes impuestos oficiales cuando realizas pagos en cualquier comercio físico o virtual fuera de Argentina.

Ley 27451/2019: Impuesto PAÍS (30%)

Este impuesto se cobra por las siguientes transacciones:

  • Compras en moneda extranjera (por ejemplo, “constitución de activos extranjeros”) sin fines específicos realizadas por residentes argentinos, en virtud de las limitaciones impuestas por el Banco Central.
  • Compras de bienes y servicios en el exterior, compras realizadas por residentes argentinos en el extranjero a través de tarjeta de crédito o débito, y retiros de efectivo fuera de Argentina.
  • Compras en línea a través de portales o sitios web pagando con moneda extranjera.
  • Compras de servicios ofrecidos en el extranjero a través de agencias de viajes argentinas, incluso si se pagan en efectivo y se necesita acceso al mercado de divisas para comprar moneda extranjera y pagar al proveedor de servicios en el extranjero.
  • Compras de servicios de transporte terrestre, aéreo y marítimo con destinos fuera de Argentina (excepto los servicios de transporte terrestre a países limítrofes), incluso si se pagan en efectivo y se necesita acceso al mercado de divisas para comprar moneda extranjera y pagar al proveedor de servicios en el extranjero.

Resolución 4815/2020: Percepción de Ganancias (45%)

  • Impuesto de retención sobre transacciones sujetas al impuesto sobre la compra de moneda extranjera.

Decreto 682/2022 y Resolución 5272/2022: Percepción de Bienes Personales (25%)

Se aplica la retención de impuestos a lo siguiente:

  • Compras de bienes adquiridos en el extranjero con tarjetas de crédito y débito, y otros sistemas de pago equivalentes, por un monto acumulado superior a los 300 USD mensuales.
  • Compras de boletos de viaje y excursiones mediante agencias de viajes en moneda extranjera, no necesariamente superiores a los 300 USD.
  • Importación de bienes de lujo identificados en el Anexo I del Decreto por el código arancelario correspondiente, no necesariamente superiores a los 300 USD.

2. ¿Cómo y cuándo se cobran los impuestos?

Impuesto PAÍS (30%) y Percepción de Ganancias (45%)

El Impuesto PAÍS (30%) y la Percepción de Ganancias (45%) se cobran como parte del monto de facturación para todas las compras internacionales.

Percepción de Bienes Personales (25%)

La Percepción de Bienes Personales (25%) se cobra como parte del monto de facturación si una compra supera los 300 USD. De lo contrario, se realizarán transacciones fiscales por separado en tu Tarjeta el mes siguiente para las compras inferiores a los 300 USD si la suma de esas compras supera los 300 USD.

Descripción en el Panel de la tarjeta: 

  • Antes de febrero de 2023: Resolución General (RG) 5272
  • A partir de febrero de 2023: Percepción de Bienes Personales (PBP) del 25% + una breve descripción de la compra internacional (por ejemplo, PBP del 25%, 15 USD en Microsoft el 12/07)

3. ¿Qué sucede si mi compra es un servicio digital?

Si tu compra es un servicio digital incluido en esta lista, en su lugar, se aplican los siguientes impuestos:

* Las siguientes transacciones fiscales se efectuarán en tu Tarjeta dentro del siguiente día hábil:

Transacciones fiscales

Porcentaje

Descripción en el Panel de la tarjeta

Devolución de Impuesto PAÍS

- 22%

DEVOL. IMPUESTO PAÍS

Percepción de IVA s/ Servicios Digitales

21%

RG 4240 DTO 354 PERCEP

Percepción de Ingresos Brutos CABA s/ Servicios Digitales

2%

IIBB PERCEPCION CABA

4. ¿Qué sucede si mi compra está relacionada con educación, salud, investigación o lucha contra incendios?

Este tipo de compras están exentas del Impuesto PAÍS. Puedes comunicarte con nuestro equipo de Atención al cliente con la factura de compra original y te enviaremos un formulario de devolución de impuestos.

5. ¿Puedo usar estos impuestos para compensar otros impuestos en el país?

La recaudación de los impuestos de retención Percepción de Ganancias (45%) o Percepción de Bienes Personales (25%) serán computados en la declaración anual del Impuesto sobre Bienes Personales cuando se recauden de un patrimonio individual o indiviso, o el Impuesto sobre la Renta (ISR) cuando se recauden de otros contribuyentes (sociedades), correspondiente al año fiscal en que se realizaron los pagos.

Si las recaudaciones generan un crédito fiscal, este se aplicará para la cancelación de otras obligaciones fiscales federales, o bien solicitar su reembolso. Si contribuyentes que no deben pagar el ISR o el Impuesto sobre Bienes Personales pagaron la recaudación, podrán solicitar un reembolso a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) una vez concluido el año calendario.